sábado 23 de noviembre de 2024 8:30 am
Eddy Tolentino

A través de la Resolución núm. 0005/2024, firmada por Miguel Ceara Hatton, se ordena “la paralización de construcción, el desalojo y desocupación de las personas físicas o jurídicas que, debido a su ocupación, realizan actividades que afectan gravemente la integridad de las áreas protegidas”.

El Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales realizó este miércoles un operativo en Las Dunas de las Calderas para notificar a ocupantes de predios dentro de su núcleo sobre una resolución que ordena la paralización de todo trabajo de construcción, agrícolas, de tumba o quema de especies dentro de ese monumento natural.

La Resolución núm. 0005/2024, firmada por Miguel Ceara Hatton, ministro de la entidad, el 21 de junio de 2024, ordena “la paralización de construcción, el desalojo y desocupación de las personas físicas o jurídicas que, debido a su ocupación, realizan actividades que afectan gravemente la integridad de las áreas protegidas”.

La medida se basa en el principio de prevención y protección de las áreas protegidas, consagrado en la Ley 202-04 (Sectorial de Áreas Protegidas) y la Ley 64-00 (sobre Medio Ambiente y Recursos Naturales).

El trabajo conjunto entre el MMARN, el SENPA y la Procuraduría Especializada para la Defensa del Medio Ambiente contó con el apoyo de los magistrados Ruddy Pérez Medrano, José Espinal Beato y Rigoberto Santana.

“Estamos notificando la resolución para informar a todos los presentes de las acciones que va a tomar el Ministerio para control y protección del Monumento Natural Las Dunas, a raíz de las irregularidades que han ocurrido históricamente en esta área protegida”, indicó la directora Jurídica.

Añadió que el ministro Miguel Ceara Hatton firmó la resolución para cumplir con el debido proceso legal y poder establecer un plan que ayude a rescatar el área protegida, “y establecer las medidas necesarias para poder proteger el recurso de las dunas que se presentan en esta área”.

La resolución obliga a los infractores a responder por los daños causados, en virtud de lo establecido en el artículo 55 de la Ley 64-00 y 5.9 de la Ley 202-04.

Cumpliendo con el ordenamiento jurídico, los equipos de Medio Ambiente explicaron a las personas afectadas desfavorablemente por la medida que, a partir de la notificación, cuentan con un plazo de 30 días hábiles para incoar cualquier recurso de reconsideración ante la jurisdicción correspondiente.

La resolución explica que técnicos del Viceministerio de Áreas Protegidas y Biodiversidad realizaron un levantamiento en el Monumento Natural Las Dunas de Las Calderas que comprobó las actividades agrícolas, tumba y quema de árboles, construcción de vivienda y ocupación, en franca violación a las leyes ambientales.

Indica que esa situación de ilegalidad atenta gravemente contra dicha área protegida y representa una amenaza directa a la conservación y preservación de los ecosistemas frágiles y sensibles de dicha zona.

Además, pone en peligro la supervivencia de especies endémicas como la Iguana de Ricord (Cyclura ricordi), la cual enfrenta múltiples amenazas, incluida la destrucción y fragmentación del hábitat debido a la urbanización, la agricultura y la extracción de arena.

Asimismo, se ve amenazado el lagarto de Baní (Anolis occultus), aves migratorias, como el flamenco (Proenicopterus spp.) y el playero rojizo (Calidris canutus), “cuya presencia es vital para la biodiversidad y el equilibrio ecológico del área protegida”.

listindiario.com

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