martes 3 de diciembre de 2024 1:40 pm
Eddy Tolentino

Santo Domingo.– El Ministerio de Administración Pública (MAP) ha aprobado, mediante la Resolución No. 316-2024, que cada institución del Estado, incluidas las descentralizadas, se encargue del cálculo de los beneficios y prestaciones laborales de su personal. Esta decisión entra en vigencia a partir del 19 de octubre, lo que significa que las oficinas de Recursos Humanos serán responsables de calcular y pagar los beneficios correspondientes a los servidores públicos que sean desvinculados por diversas razones, incluyendo fallecimiento o pensión.

La resolución, firmada por el ministro Sigmund Freund, establece que los responsables de las áreas administrativas y financieras, junto con Recursos Humanos, deben asegurarse de que todos los cálculos cumplan con los requisitos legales y reglamentarios. Para lograrlo, se debe seguir un procedimiento interno que garantice la precisión y transparencia en los cálculos y pagos.

“Es responsabilidad de las instituciones del Estado incluir en sus presupuestos las provisiones necesarias para indemnizaciones y pagos por vacaciones en casos de desvinculación. También son responsables de gestionar financieramente estos aspectos, en coordinación con la Contraloría General de la República, el organismo de control interno del Estado”, señala uno de los considerandos de la resolución.

Además, se especifica que las instituciones deben registrar el proceso en el Sistema de Reclamación Laboral (Reclasoft), incluyendo una hoja de cálculo firmada y sellada por los responsables de las áreas correspondientes y las máximas autoridades de la institución.

La documentación necesaria para emitir los cálculos de beneficios laborales incluye la cédula de identidad, una certificación de cargo que verifique las vacaciones no disfrutadas y la carta de desvinculación, que debe contener la renuncia o acta de defunción cuando sea necesario.

Reclasoft es un sistema desarrollado por el MAP que busca mejorar la eficiencia en los pagos a exservidores públicos a través de una gestión interoperable con los entes de la Administración Pública.

La resolución destaca que la descentralización de los cálculos permitirá a cada institución gestionar más ágilmente su administración y finanzas, simplificando procesos, reduciendo tiempos de espera y mejorando la respuesta ante desvinculaciones de personal.

Todos los cálculos realizados deberán ser enviados digitalmente al MAP para su registro y control. Aquellas instituciones que estén en proceso de fusión o eliminación deben validar sus cálculos con el MAP antes de proceder con los pagos.

En caso de discrepancias en los cálculos de prestaciones laborales, ya sea por parte de la institución o del empleado, se debe presentar una reclamación formal en un plazo de 15 días desde que se comunique el cálculo. Esta reclamación debe ser por escrito, incluyendo una descripción detallada de las razones de la disconformidad y la documentación pertinente.

Si la disconformidad no se resuelve a nivel institucional, las partes pueden acudir al MAP, que actuará como conciliador. Para ello, deben presentar una solicitud de conciliación con una copia de la reclamación previa y documentación relevante. El MAP evaluará el caso y decidirá si debe ser tratado por la Comisión de Personal o si puede resolverse directamente con las autoridades de la entidad involucrada.

Por: Francisco Núñez, franciscoeditordigital@gmail.com

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